En este apartado continuaremos explicando el mundo de las finanzas. Luego de conocer acerca de las acciones y los distintos modos de ampliar el capital ahora veremos cómo se lleva a cabo. Una ampliación de capital es una operación de financiación empresarial que consiste en aumentar los fondos propios de una sociedad, excepto en las ampliaciones de capital liberadas. La ampliación de capital se puede realizar:
• Por elevación del valor nominal de todas las acciones ya existentes.
• Mediante la emisión de acciones nuevas.
El contravalor del aumento del capital podrá consistir:
• En nuevas aportaciones dinerarias o no dinerarias al patrimonio social (incluida la compensación de créditos contra la sociedad).
• En la transformación de reservas o beneficios que ya figuraban en dicho patrimonio.
Las ampliaciones de capital social han de acordarse siempre por la Junta General, aunque ésta podrá delegar en el Consejo la facultad de señalar la fecha en la que se llevará a cabo el acuerdo, y de fijar las condiciones del mismo en todo lo no previsto en la Junta, dentro de un plazo determinado. También puede delegarse en el Consejo la posibilidad de realizar uno o varios aumentos de capital sin previa consulta a la Junta General, en un plazo máximo de 5 años, siempre que se cumplan ciertas condiciones.
En el caso de ampliaciones de capital con aportaciones no dinerarias, es obligatorio que, al mismo tiempo que se convoca la Junta, se ponga a disposición de los accionistas un informe de los administradores, en el que se describan detalladamente las aportaciones y las personas que hayan de efectuarlas, así como el número y valor nominal de las acciones a entregar.
En el caso particular de las ampliaciones por compensación de créditos, los acreedores pueden cambiar sus créditos contra la sociedad por acciones de la misma, cambiando su condición de acreedores por la de accionistas.
Cuando se aumente el capital por conversión de obligaciones en acciones, se aplicarán las condiciones y plazos establecidos en el momento de la emisión de las obligaciones, y que figurarán detalladas en el correspondiente Folleto informativo.
En las ampliaciones de capital mediante emisión de nuevas acciones con aportaciones dinerarias, pueden acudir a la ampliación tanto los antiguos accionistas como el público en general. Los antiguos accionistas pueden ejercer su derecho de suscripción preferente para la adquisición de acciones nuevas, mientras que el resto de los interesados deberán adquirir previamente los derechos que les permitan suscribir el número de nuevas acciones deseado. El precio de las nuevas acciones depende de si la ampliación se realiza a la par, con prima de emisión o con cargo a reservas:
• Ampliación a la par: el precio de las nuevas acciones coincide con el valor nominal de la acción.
• Ampliación con prima de emisión: el precio de las nuevas acciones es el valor nominal más una cantidad, que es la prima de emisión.
• Ampliación de capital con cargo a reservas (ampliaciones liberadas): consisten en utilizar las reservas disponibles, las primas de emisión y la reserva legal (en la parte que exceda del 10% del capital ya aumentado) como contravalor de las nuevas acciones emitidas; es decir, se entregan a los accionistas acciones nuevas, de forma gratuita.
Para más información acerca de ampliaciones en su capital, puede dirigirse a su agente habitual de Caixa Laietana.
• Por elevación del valor nominal de todas las acciones ya existentes.
• Mediante la emisión de acciones nuevas.
El contravalor del aumento del capital podrá consistir:
• En nuevas aportaciones dinerarias o no dinerarias al patrimonio social (incluida la compensación de créditos contra la sociedad).
• En la transformación de reservas o beneficios que ya figuraban en dicho patrimonio.
Las ampliaciones de capital social han de acordarse siempre por la Junta General, aunque ésta podrá delegar en el Consejo la facultad de señalar la fecha en la que se llevará a cabo el acuerdo, y de fijar las condiciones del mismo en todo lo no previsto en la Junta, dentro de un plazo determinado. También puede delegarse en el Consejo la posibilidad de realizar uno o varios aumentos de capital sin previa consulta a la Junta General, en un plazo máximo de 5 años, siempre que se cumplan ciertas condiciones.
En el caso de ampliaciones de capital con aportaciones no dinerarias, es obligatorio que, al mismo tiempo que se convoca la Junta, se ponga a disposición de los accionistas un informe de los administradores, en el que se describan detalladamente las aportaciones y las personas que hayan de efectuarlas, así como el número y valor nominal de las acciones a entregar.
En el caso particular de las ampliaciones por compensación de créditos, los acreedores pueden cambiar sus créditos contra la sociedad por acciones de la misma, cambiando su condición de acreedores por la de accionistas.
Cuando se aumente el capital por conversión de obligaciones en acciones, se aplicarán las condiciones y plazos establecidos en el momento de la emisión de las obligaciones, y que figurarán detalladas en el correspondiente Folleto informativo.
En las ampliaciones de capital mediante emisión de nuevas acciones con aportaciones dinerarias, pueden acudir a la ampliación tanto los antiguos accionistas como el público en general. Los antiguos accionistas pueden ejercer su derecho de suscripción preferente para la adquisición de acciones nuevas, mientras que el resto de los interesados deberán adquirir previamente los derechos que les permitan suscribir el número de nuevas acciones deseado. El precio de las nuevas acciones depende de si la ampliación se realiza a la par, con prima de emisión o con cargo a reservas:
• Ampliación a la par: el precio de las nuevas acciones coincide con el valor nominal de la acción.
• Ampliación con prima de emisión: el precio de las nuevas acciones es el valor nominal más una cantidad, que es la prima de emisión.
• Ampliación de capital con cargo a reservas (ampliaciones liberadas): consisten en utilizar las reservas disponibles, las primas de emisión y la reserva legal (en la parte que exceda del 10% del capital ya aumentado) como contravalor de las nuevas acciones emitidas; es decir, se entregan a los accionistas acciones nuevas, de forma gratuita.
Para más información acerca de ampliaciones en su capital, puede dirigirse a su agente habitual de Caixa Laietana.
El equipo de Caixa Laietana.
Fuente: CNMV
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